El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe absolvió a una mujer en situación de vulnerabilidad acusada de tráfico de drogas junto a su expareja en la localidad de Gálvez (Depto. San Jerónimo). El juez José María Escobar Cello hizo lugar a lo solicitado por el fiscal Martín Suárez Faisal, quien se abstuvo de formular acusación contra la imputada por la aplicación del principio de presunción de inocencia.
El caso tuvo origen en una denuncia realizada bajo identidad reservada ante la policía de la provincia respecto de un hombre que vendía estupefacientes junto con su pareja en un domicilio de la mencionada localidad, el que fue allanado y se encontraron 100 gramos de cocaína lista para su comercialización.
En el domicilio allanado se hallaban cinco personas, entre ellas la mujer detenida, quien fue procesada por tenencia de estupefacientes para comercialización y quedó en prisión domiciliaria.
Pero al momento de la audiencia el fiscal Suárez Faisal se abstuvo de formular acusación contra la imputada porque, pese a que en el domicilio se secuestró droga y que allí estaba circunstancialmente presente la mujer, no existen pruebas en su contra que lleven a sostener que esta mercadería le pertenecía.
El fiscal enmarcó la situación personal de la detenida y su vulnerabilidad en el contexto de las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género contra la Mujer (Belem do Pará), por lo que postuló la absolución de culpa y cargo de la acusada y su inmediata libertad.
En su fallo, el juez Escobar Cello siguió esta línea al remarcar que la situación de la imputada debía analizarse en sintonía con los tratados que protegen especialmente a las mujeres y que obligan a los operadores judiciales a investigar y juzgar con perspectiva de género los casos en que estén involucradas. Para el magistrado juzgar desde esta mirada “es una obligación legal fundamentada en el derecho a la igualdad y la no discriminación consagrado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales con igual jerarquía”.
En ese sentido Escobar Cello remarcó que este caso ameritaba este enfoque “debido a la particular situación de vulnerabilidad de la imputada” que estuvo en prisión domiciliaria desde el allanamiento siendo una persona joven, con problemas de salud, madre de un hijo de corta edad y cuyas condiciones de vida son a todas luces precarias, tal como se ha podido apreciar durante el debate”.