Una jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, dispuso que una niña de tres años tenga triple filiación: la de su madre, la de su padre biológico y la de su padre socioafectivo, pese a que el Código Civil y Comercial argentino limita a dos los vínculos filiales.
Todo comenzó cuando el padre biológico de la niña se enterara tiempo después de su nacimiento que podía ser su progenitor tiempo, por lo que solicitó un análisis de ADN, y tras la confirmación, buscó impugnar la filiación del padre afectivo. Pero la magistrada entendió que no correspondía desplazarlo dado el vínculo que había entablado con la chiquita, y por eso ordenó que se confeccione una nueva acta de nacimiento con la triple filiación y un nuevo documento de identidad con los dos apellidos de los padres biológico y afectivo.
Tiempo atrás, la madre comenzó una relación al poco tiempo de haberse separado de su pareja anterior. Y en ese tiempo dio a luz a una nena sobre la cual el padre biológico comenzó a sospechar que podría ser suya. Ante el pedido de impugnar la filiación del padre afectivo, éste junto a la madre solicitaron a la jueza que se le reconozca también su rol paterno.