Los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años que no se presentaron a votar este domingo y no justifiquen ante la justicia nacional electoral -dentro de los 60 días de desarrolladas las elecciones- la ausencia en el proceso, deberán abonar una multa de que va de 50 a 500 pesos.
De no pagar la multa, los infractores serán sancionados con la imposibilidad de realizar trámites o gestiones ante organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año. De todos modos, quienes no votaron en las PASO podrán hacerlo en las elecciones generales de octubre. Si vuelven a faltar, deberán pagar otra multa de 100 pesos.
¿Qué debe quién no fue a votar?
El elector que no haya votado deberá hacer la justificación de no emisión del voto. Se debe realizar en la Secretaría Electoral correspondiente a su último domicilio, o en la Cámara Nacional Electoral, de 7:30 a 13:30, de lunes a viernes, con su DNI y el comprobante/certificado. A quien justifique se le entregará una constancia de no emisión del voto; con la misma basta para no figurar en el Registro de Infractores al deber de votar.